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DECLARAR, IMPROCEDENTE, la solicitud encaminado por la administrada Bedalmina Bautista Aedo, sobre la aplicación de los alcances de la Resolución Ejecutiva Regional N° 194-2012-GR-APURIMAC/PR, además se le pague en mérito a dicha resolución la suma de SI. 1000.00 Nuevos Soles, en forma mensual y permanente desde el momento de su reposición en el centro de trabajo. Asimismo NO HA LUGAR administrativamente la pretensión de pago de los devengados e intereses legales por los montos dejados de percibir. No solamente por no ser dicha resolución la que aprueba la escala remunerativa de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de
Apurímac, sino con ella se CONCEDE Licencia por motivos particulares al Ing. Alberto Amésquita Altamirano del Sector Energía y Minas de Apurímac, así como la reposición en el cargo cumplida por la administración a través del Acta de fecha 26 de enero del 2011, fue estrictamente teniendo en consideración las decisiones resolutivas de la autoridad jurisdiccional correspondiente.