julio 7th, 2015
DECLARAR, INFUNDADO el recurso administrativo de reconsideración contra la Resolución Ejecutiva Regional N° 288-2015-GR.APURIMAC/PR, de fecha 31 de marzo del 2015, interpuesto por la recurrente Luz Marina Laime Taype. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución CONFIRMAR, en todos sus extremos la resolución materia de cuestionamiento. Teniéndose por agotada la vía administrativa conforme establece el artículo 218 de la Ley Nº 27444 del Procedimiento Administrativo General.