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abril 10th, 2025
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RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL N°085-2025-GR-APURIMAC/DRA | ![]() |
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Descripción: | ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR BIENES AUTORIZAR, el otorgamiento de Habilito 0 para la utilización Fondos por la Modalidad de Encargo Interno conforme a la documentación sustentatorio; Informe N° 821-2025-GORE-APURIMAC/DRA/OAPMB, Memorándum N° 201-2025-GORE.APURIMAC/GRDE. Oficio N°0135-2025-GORE.APURIMAC/GRDE/DIRECTUR.DR, Informe N°908-2025-GRAP/09/GRPPAT/09.02/SGPPTO Informe N°076-2025-GORE-APURIMAC/DRA/OC de fecha 27/03/2025 y demás -GiA Re documentos, a la Sra. MARINA CASTAÑEDA LLAMOZA, con DNI N°40694522,por el Importe S/ 53,000.00 (cincuenta y tres mil con 001100 soles), para la ejecución del PLAN DE TRABAJO PARA LA PROMOCIÓN DEL TURISMO A TRAVÉS DEL II ENCUENTRO REGIONAL DE CULTURAS VIVAS – APU TUSUY -2025″, a realizarse en el complejo deportivo el Olivo, el día 28, y 29 de marzo del 2025 en la ciudad de Abancay; cuyo gasto debe ser realizado en la fecha indicada y con los comprobantes de pagos autorizados por la SUNAT, […] ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER, al responsable de la Utilización del Fondo Vía Encargo Interno, cumpla con presentar la Rendición de Cuenta documentada en un plazo que no debe de exceder los tres (3) días hábiles después de concluida la actividad materia del encargo bajo responsabilidad, conforme a lo señalado en el numeral 40.3 de la Directiva de Tesorería aprobado mediante Resolución Directoral N°002-2007-EF/77.15 modificado con la Resolución Directoral NO 004-2009-EF/77.15. ARTÍCULO QUINTO.- DEVOLVER, el presente expediente Administrativo a la Dirección Regional de Administración, para su trámite correspondiente conforme a lo reconocido en el artículo primero. ARTÍCULO SEXTO.- PRECISAR que todo gasto debe ser sustentado de conformidad con lo señalado en la Resolución de Superintendencia de Administración Tributaria N|007-99/SUNAT – Reglamento de Comprobantes de Pago y sus modificatorias tales como facturas, boletas de venta y otros como la Declaración Jurada en aplicación al artículo 71 de la Directiva de Tesorería N°001-2007-EF/77.15, y a lo establecido en la Directiva N°002-2025-GRAP/GG denominado: «Normas para la solicitud, otorgamiento, ejecución y rendición de cuentas de encargos internos al personal del Gobierno Regional de Apurímac». ARTÍCULO SÉPTIMO.- NOTIFICAR, la presente resolución al responsable del fondo vía encargo interno, al presidente del comisión central Ing. Jose Elias Franco Silvera, Gerencia Regional de Desarrollo Económico, Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, Oficina de Recursos Humanos, Oficina de Tesorería, Oficina de Contabilidad, que corresponde del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines de ley, (VER PDF) |
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