SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.-RECONOCER, el derecho de pago por concepto de VACACIONES TRUNCAS, a favor de la ex funcionaria ROSARIO BEATRIZ PADILLA VIDALON, bajo los alcances del régimen laboral del D.L N O 1057, por el importe de pago único de SEIS MIL OCHENTA Y OCHO CON 89/100 SOLES (SI 6,088.89), dicho beneficio se otorga tomando en cuenta el informe N O 87-2024-GR.APURIMAC/DRA-OF.RR.HH-AC, Informe N° 466-2024-GR.APURIMAC/DRA/OF.RR.HH/A.REM y contratos firmados, Correlativo de Meta:0086-2024 «Acciones administrativas», Clasificador de Gasto; 2.1.4.1.1.6 Vacaciones Truncas.
ARTÍCULO SEGUNDO.-ESTABLECER, que el cumplimiento de pago por concepto de Vacaciones Truncas reconocidos en el artículo primero del presente acto Resolutivo, está sujeto a la disponibilidad presupuestal respectiva en observancia a la normativa vigente.
ARTÍCULO TERCERO.-PONER, de conocimiento a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento territorial de Gobierno Regional de Apurímac, con su dependencia la Sub Gerencia de Presupuesto, a efectos de adaptar las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de la presente Resolución, asimismo al Área de Remuneraciones.
ARTÍCULO CUARTO.-NOTIFICAR, la presente Resolución a la Señora ROSARIO BEATRIZ PADILLA VIDALON, en su domicilio real en Conjunto Residencial Los Chankas C-6 (ref. loza deportiva) de la Provincia de Abancay, a las instancias administrativas del Gobierno Regional de Apurímac y al legajo personal del interesado para su conocimiento y fines.