ARTÍCULO PRIMERO.-DECLARAR IMPROCEDENTE, la solicitud de ampliación de plazo tramitada mediante Carta Nº 25-2024/CAVASULU/GRAP con Registro SIGE: 22192 de fecha 21/08/2024, en referencia al CONTRATO ORDEN DE COMPRA Nº2566-2024, de fecha 16/08/2024, derivada de ADJUDICACION SIMPLIFICADA -SM-74-2024-GRAP-1, cuyo objeto de convocatoria es la ADQUISICIÓN PIEDRA PARA ENCOFRADO PARA EL PROYECTO «CREACIÓN DEL PUENTE Y ACCESOS EN EL SECTOR DE SAUSIPAMPA Y NIÑOPAMPA DE LAS COMUNIDADES CAMPESINAS DE PAIRACA Y CHUQUINGA, DISTRITO DE CHALHUANCA – PROVINCIA DE AYMARAES – DEPARTAMENTO DE APURÍMAC», conforme a los fundamentos expuestos en la CARTA Nº 341 -2024-DIR. ADM-GRA /YCA de fecha 05/09/2024; Informe Nº 3220-2024-GRAP/07.4 de fecha 05/09/2029; INFORME Nº 3883-2024 GRAP/GRI/SGOBRAS-13.01 de fecha 29/08/2024; INFORME N° 0262-2024-GRAP/GRI/GOBRAS-
13.01/R.O/RWMM de fecha 28/08/2024; y demás documentos; por no tener sustento técnico y legal.
ARTÍCULO SEGUNDO.- NOTIFICAR EN EL DÍA, mediante la Oficina de Abastecimiento Patrimonio y artículo 158 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para su conocimiento y fines de ley, sin perjuicio de notificar la presente resolución a la Contratista HILARIO BALLON RAMOS, a su correo electrónico contractual: hilariobr55@hotmail.com para su conocimiento y fines de ley.
ARTÍCULO TERCERO.-DISPONE, la publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a los prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública.