SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.• AUTORIZAR, la Apertura del fondo Fijo para Caja Chica para el ejercicio fiscal 2024, para la Dirección Regional de Vivienda Construcción y Saneamiento Apurímac, con cargo a la meta 0014-2024 denominado: Provisión de Solución individual para el abastecimiento de agua potable. hasta por la suma de S/ 5,000.00 (Cinco Mil con 001100 Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, de acuerdo a la estructura Funcional Programática y Grupo Genérico de Gastos.
ARTICULO SEGUNDO.– ENCARGAR, como responsable de la custodia y manejo de este fondo de caja chica a la servidora ING. LIZ LOPEZ SERRANO, en su condición de Directora de la Dirección Regional de Vivienda Construcción y Saneamiento Apurimac. Dicho fondo deberá estar rodeado de condiciones que impidan su sustracción o deterioro del dinero en efectivo, debiendo guardarse en una caja de seguridad u otro similar.
ARTICULO TERCERO.– PRECISAR que los recursos asignados se destinarán únicamente a los gastos menores y urgentes que demanden su cancelación inmediata o que, por su finalidad y naturaleza no puedan ser debidamente programados.
ARTICULO CUARTO.- DISPONER, que los funcionarios, empleados de confianza y demás servidores que hayan recibido fondos mediante vales provisionales otorgados por el responsable del fondo para caja chica, para la adquisición de bienes y servicios; quedan obligados a rendir documentadamente dentro de las 48 horas de la entrega correspondiente, en caso de incumplimiento, la Dirección Regional de Administración queda facultada a efectuar el descuento correspondiente de la planilla única de pagos y/o otros conceptos de pago más inmediato que se devengue a favor del ríndete.
ARTICULO QUINTO.– NOTIFICAR, la presente resolución al responsable de Manejo del Fondo de Caja Chica, Dirección Regional de Vivienda Construcción y Saneamiento, Oficina de Contabilidad y Tesorería y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines de ley.
ARTICULO SEXTO.- SE DISPONE; La publicación de la presente resolución en la página Web del Gobierno Regional de Apurímac en cumplimiento de la ley de Transparencia y Acceso a la información Pública. ( VER PDF )