RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL N°202-2024-GR-APURIMAC/DRA

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junio 27th, 2024
RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL N°202-2024-GR-APURIMAC/DRA
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.RESOLVER, de forma total el CONTRATO DIRECTORAL REGIONAL Nº 724-2024-GR-APURIMAC/DRA, derivado del procedimiento de selección ADJUDICACION SIMPLIFICADA Nº 08-2024-GRAP-1, para la contratación del SERVICIO DE FABRICACION Y MONTAJE DE ESTRUCTURAS METALICAS DE LOSA DEPORTIVA, COBERTURA DE ALUZINC, POLICARBONATO Y CANALETAS CON MONTANTES DE EVACUACION  PLUVIAL, para el Sub Proyecto: «MEJORAMIENTO DEL  SERVICIO EDUCATIVO DE LA INSTITUCION EDUCATIVA SECUNDARIA  SEÑOR DE ANIMAS DEL DISTRITO DE JUSTO APU SAHUARAURA – AYMARAES – APURIMAC», por la causal de acumulación del monto máximo de la penalidad, de conformidad literal b) del numeral 164.1 del Artículo 164° del «Reglamento», concordante con el literal a) del numeral 165.2 del  artículo 165º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, y conforme a los Informe Nº 170-2024-GRAP/GSRA/RO/AS de fecha 13/06/2024; Oficio nº 201-2024-GRA/GSRA/GGSRA de fecha 13/06/2024; Informe nº 2149-2024-GRAP/07.04 de fecha 20/06/2024; CARTA Nº 211-2024-DIR.ADM-GRA /YCA de fecha 25/06/2024, expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

ARTICULO SEGUNDO.PRESCINDIRdel requerimiento previo a la empresa contratista GRUPO TRANS PERU SOCIEDAD ANONIMA CERRADA de conformidad al numeral 165.2 del  artículo 165 del Reglamento de la Ley  de Contrataciones del Estado.

ARTICULO TERCERO.- NOTIFICAR la presente Resolución a la empresa contratista GRUPO TRANS PERU SOCIEDAD ANONIMA CERRADA, por conducto Notarial.

ARTICULO CUARTO.- ENCARGAR a la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes, registrar la presente Resolución en el SEACE.

ARTICULO QUINTO.- DISPONER a la Oficina de Tesorería las  acciones que resulten necesarias a fin de ejecutar la penalidad incurrida por la empresa  GRUPO TRANS PERU SOCIEDAD ANONIMA CERRADAque asciende a S/19,995.00 soles; una vez que la presente Resolución haya  quedado consentida o firme en vía conciliatoria o arbitral; sin perjuicio que la Procuraduría Pública Regional inicie las acciones legales correspondientes, para el resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados con la resolución del contrato.

ARTICULSEXTO. DISPONER que la Instancia competente implemente las acciones necesarias, a fin de que la infracción incurrida por la empresa contratista GRUPO TRANS PERU SOCIEDAD ANONIMA CERRADAsea puesto de conocimiento del Tribunal de Contrataciones del  Estado, para el correspondiente procedimiento administrativo sancionador, una vez que la presente Resolución haya quedado consentida o firme en vía conciliatoria o arbitral.

ARTICULO SETIMO.- TRANSCRIBIR la presente resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura, Sub Gerencia de Obras, Oficina  de Abastecimientos, Patrimonio y Margesí de Bienes, Procuraduría Pública Regional, y Oficina de Tesorería, y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurímac,  para su conocimiento y fines de Ley. ( VER PDF )

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