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SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- AUTORIZAR, la Apertura del fondo Fijo para Caja Chica para el ejercicio fiscal 2024, para la Sub Gerencia de Estudios Definitivos del Gobierno Regional de Apurímac, hasta por la suma de S/.500.00 Quinientos con 001100 Soles) afecto al proyecto «Construcción de Cerco Perimétrico; en el (la) Terreno Maucacalle Sahuanay del Gobierno Regional de Apurímac, Distrito de Tamburco, Provincia Abancay, Departamento Apurímac», con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Determinados, de acuerdo a la estructura Funcional Programática y Grupo Genérico de Gastos. (…)
ARTICULO SEGUNDO.- ENCARGAR, como responsable de la custodia y manejo de este fondo de caja chica al servidor de carrera: CPC. Rómulo Quinto Tello, con dependencia de la Oficina de Tesorería de Gobierno Regional de Apurimac. Dicho fondo deberá estar rodeado de condiciones que impidan su sustracción o deterioro del dinero en efectivo, debiendo guardarse en una caja de seguridad u otro similar.
ARTICULO TERCERO.- PRECISAR que los recursos asignados se destinarán únicamente a los gastos menores y urgentes que demanden su cancelación inmediata o que, por su finalidad y característica no puedan ser debidamente programados.
ARTICULO CUARTO.-DISPONER, que los funcionarios, empleados de confianza y demás servidores que hayan recibido fondos mediante vales provisionales otorgados por el responsable del fondo para caja chica, adquisición de bienes y servicios; quedan obligados a rendir documentadamente dentro de las 48 horas de la entrega correspondiente, en caso de incumplimiento, la Dirección Regional de Administración queda facultada a efectuar el descuento correspondiente de la planilla única de pagos y/o otros conceptos de pago más inmediato que se devengue a favor del ríndete.
ARTICULO QUINTO.-NOTIFICAR, la presente resolución al responsable de Manejo del Fondo de Caja Chica, erencia Regional de Infraestructura, y la Oficina de Contabilidad y Tesorería para el proceso de la ejecución del gasto e fondo para Caja Chica y a los sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines de ley.
ARTICULO SEXTO.-SE DISPONE; La publicación de la presente resolución en la página Web del Gobierno Regional de Apurímac en cumplimiento de la ley de Transparencia y Acceso a la información Pública. ( VER PDF )