SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.· DECLARAR IMPROCEDENTE, la solicitud de ampliación de plazo tramitada mediante Carta Nº 14/YPQ/AB/AP de fecha 23/05/2024, en referencia al CONTRATO DIRECTORAL REGIONAL Nº 817-2024-GR-APURIMAC/DRA, de fecha 17/04/2024, derivado del procedimiento de selección: AS-SM-16-2024-GRAP-1, para la contratación del SERVICIO DE EXCAVACIÓN DE CIMIENTOS EN DENTELLON Y ELIMINACION DE MATERIALES EXCEDENTE (EJE DE PRESA – ESTRUCTURA 2A) EN LOS SUELOS MORRENICOS – MATERIAL GRANULAR Y BOLONERIAS DE ROCA CON MAQUINARIA PESADA A TODO COSTO, para la obra; «MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DE AGUA DE RIEGO, PRESA PERUANITA, DISTRITO DE SAN JERONIMO – PROVINCIA DE ANDAHUAYLAS – APURIMAC», conforme a los fundamentos expuestos en los Informe nº1995-2024-GRAP/07.04 de fecha 6 de junio del 2024, el jefe de la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes y el asesor legal y Carta N°171 -2024-DIR.ADM-GRA/YCA de fecha 06/06/2024; por no tener sustento técnico y legal.
ARTICULO SEGUNDO.- NOTIFICAR EN EL DIA, mediante la Oficina de Abastecimiento Patrimonio y Margesí de Bienes, la presente resolución a través del SEACE, conforme dispone el numeral 158.3 del artículo 158 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para su conocimiento y fines de ley, sin perjuicio de notificar la presente resolución a la Contratista YESSYKA PORTOCARRERO QUINO, a su correo electrónico contractual: pqyessyka@hotmail.com para su conocimiento y fines de ley.
ARTICULO TERCERO.-DISPONE, la publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a los prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública.
ARTICULO CUARTO. -NOTIFICAR, la presente Resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura, Sub Gerencia de Obras, Oficina de Abastecimiento Patrimonio y Margesí de Bienes, demás órganos administrativos del Gobierno Regional de Apurímac, para su cumplimiento y fines de Ley. ( VER PDF )