SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.-AUTORIZAR, el otorgamiento de Habilito para la utilización Fondos por la Modalidad de Encargo Interno, a favor de la servidora MARIA CLEOFE QUISPEHUAMAN ATANACIO con DNI Nº31543807, secretaria de la Oficina de Recursos Humanos y Escalafón, para la Ejecución de: «Plan de Trabajo para la Actividad por Conmemorarse el día del Servidor Público», por el Importe S/ 10,500.00 (Diez Mil Quinientos con 00/100 Soles), a realizarse el día 31 de mayo del 2024;
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER, al responsable de la Utilización del Fondo Vía Encargo Interno, MARIA CLEOFE QUISPEHUAMAN ATANACIO, identificado con DNI N° 41840957, cumpla con presentar la Rendición de Cuentas documentada en un plazo que no debe de exceder los tres (3) días hábiles después de concluida la actividad materia del encargo bajo responsabilidad, conforme a lo señalado en el numeral 40.3 de la Directiva de Tesorería aprobado mediante Resolución Directoral N° 002-2007-EF/77.15 modificado con la Resolución Directoral N° 004-2009-EF/77.15.
ARTÍCULO TERCERO.– ENCARGAR, a la Oficina de Tesorería, efectivizar lo dispuesto sobre el incumplimiento a la obligatoriedad de la presentación de la rendición de cuentas en los plazos establecidos, de conformidad al numeral 7.10 de la Directiva Nº007-2017-GRAP706/GG. «Su Incumplimiento dará origen a la retención de la Planilla de Remuneraciones del responsable del Manejo y Rendición del fondo de encargo y del Gerente, Director (a) o Jefe (a) que solicita el Encargo Interno».
ARTÍCULO CUARTO.– DISPONER, a la Oficina de Tesorería y Contabilidad, realizar el seguimiento, verificación y evaluación de los fondos otorgados y el proceso de revisión de la rendición de cuenta que asegure la oportuna y correcta rendición que permita dinamizar las rebajas contables.
ARTÍCULO QUINTO.– NOTIFICAR, la presente al responsable del fondo vía encargo interno MARIA CLEOFE QUISPEHUAMAN ATANACIO, Oficina de Tesorería, Oficina de Contabilidad, Oficina de Recursos Humanos, y a los Sistemas Administrativos que corresponde del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines de ley. ( VER PDF )