SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. – AUTORIZAR, el otorgamiento de Habilito para la utilización Fondos por la Modalidad de Encargo Interno, al Lic. MARLON MONTESINOS MOLINA con DNI Nº40845865, Director Regional de Comunicación del Gobierno Regional, por el Importe S/ 8,000.00 (Ocho Mil con 00/100 Soles), para la Ejecución del PLAN DE TRABAJO EN MARCO DE LA CELEBRACION POR EL CLI ANIVERSARIO DE CREACION DEL DEPARTAMENTO DE APURIMAC, a realizarse a partir del 26, 27 y 28 de abril del 2024.[..]
RTÍCULO SEGUNDO. – DISPONER, al responsable de la Utilización del Fondo Vía Encargo Interno, Lic. MARLON MONTESINOS MOLINA con DNI Nº40845865, cumpla con presentar la Rendición de Cuenta documentada en un plazo que no debe de exceder los tres (3) días hábiles
después de concluida la actividad materia del encargo bajo responsabilidad, conforme a lo señalado en el numeral 40.3 de la Directiva de Tesorería aprobado mediante Resolución Directoral Nº 002-2007-EF/77.15 modificado con la Resolución Directora! Nº 004-2009-EF/77.15.
ARTÍCULO TERCERO. – ENCARGAR, a la Oficina de Tesorería, efectivizar lo dispuesto sobre el incumplimiento a la obligatoriedad de la presentación de la rendición de cuentas en los plazos establecidos, de conformidad al numeral 7.10 de la Directiva Nº007-2017-GRAP706/GG. «Su
Incumplimiento dará origen a la retención de la Planilla de Remuneraciones del responsable del Manejo y Rendición del fondo de encargo y del Gerente, Director (a) o Jefe (a) que solicita el Encargo Interno».
ARTÍCULO CUARTO. – DISPONER, a la Oficina de Tesorería y Contabilidad, realizar el seguimiento, verificación y evaluación de los fondos otorgados y el proceso de revisión de la rendición de cuenta que asegure la oportuna y correcta rendición que permita dinamizar las
rebajas contables.
ARTÍCULO QUINTO. – NOTIFICAR, la presente a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, al responsable del fondo vía encargo interno MARLON MONTESINOS MOLINA, Oficina de Tesorería, Oficina de Contabilidad, y a los Sistemas Administrativos que corresponde
del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines de ley.