SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO. – AUTORIZAR, la Transferencia de Bienes considerados como Saldo de Materiales sobrantes de obra de almacén de libre disponibilidad, por el importe
de S/ 2,112.88 (Dos Mil Ciento Doce con 88/100 Soles), cuya descripción se detalla a ‘i/s-G~NALot»tt> continuación:[…]
ARTICULO SEGUNDO. – AUTORIZAR, a la Oficina de Abastecimientos, Patrimonio y Margesí de Bienes, a través de la Unidad de Almacén, el retiro físico de los bienes sobrantes de obras detallados en el artículo primero de la presente resolución.
ARTICULO TERCERO. – AUTORIZAR, a la Unidad de Almacén Central, efectué las acciones administrativas que correspondan, debiendo suscribir el acta de entrega-recepción.
ARTICULO CUARTO.- SE DISPONE, la publicación de la presente resolución en la Página Web del Gobierno Regional de Apurímac, www.reqionapurimac.qob.pe, de conformidad y en cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
ARTICULO QUINTO.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a la Oficina de Abastecimientos, Patrimonio y Margesí de Bienes, Unidad de Almacén, Gerencia Sub Regional Antabamba, y demás órganos administrativos del Gobierno Regional de Apurímac, para su cumplimiento y fines de Ley.