RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL N°257-2023-GR-APURIMA/C-DR.ADM

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noviembre 21st, 2023
RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL N°257-2023-GR-APURIMA/C-DR.ADM
Descripción:

SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- RESOLVER, el CONTRATO DIRECTORAL REGIONAL Nº 672- 2023-GR.APURIMAC/DRA, por la causal de acumulación del monto máximo de la
penalidad, de conformidad al literal b) del numeral 164.1 del artículo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, conforme a los fundamentos expuestos en la
parte considerativa de la presente Resolución.
ARTICULO SEGUNDO. – PRESCINDIR, del requerimiento previo a la empresa contratista UNICOMP PERU S.A.C de conformidad al numeral 165.4 del artículo 165 del
Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
ARTICULO TERCERO.- NOTIFICAR la presente Resolución a la empresa contratista UNICOMP PERU S.A.C por conducto notarial, a través de la Dirección Regional de
Apurímac.
ARTICULO CUARTO.- ENCARGAR, EN EL DIA a la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes, registrar la presente Resolución en el SEACE.
ARTICULO QUINTO.- DISPONER a la Oficina de Tesorería las acciones que resulten necesarias a fin de ejecutar el cobro de la penalidad ascendente a S/ 29,900.00 (Veinte
Nueve Mil Novecientos con 00/100 Soles) a la empresa UNICOMP PERU S.A.C.; sin perjuicio que la Procuraduría Pública Regional inicie las acciones legales correspondientes, para el resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionadas con la resolución del contrato.
ARTICULO SEXTO.- DISPONER que la Instancia competente implemente los acciones necesarias, a fin de que la infracción incurrida por la empresa contratista UNICOMP
PERU S.A.C sea puesto de conocimiento del Tribunal de Contrataciones del Estado, para el correspondiente procedimiento administrativo sancionador, una vez que el presente
Resolución haya quedado consentida o firme en vía conciliatoria o arbitral.
ARTICULO SETIMO.- TRANSCRIBIR la presente resolución a la Gerencia Regional Infraestructura, Sub Gerencia de Obras, Oficina de Abastecimientos, Patrimonio y
Margesí de Bienes, Procuraduría Publica Regional, y Oficina de Tesorería, y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y
fines de Ley.

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