RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°220-2023-GR.APURIMAC/GG

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julio 4th, 2023
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°220-2023-GR.APURIMAC/GG
Descripción:

SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- DAR CUMPLIMIENTO, al mandato judicial contenido en la Resolución N» 06 (Sentencia) de fecha 30 de setiembre de 2021, la Resolución N» 11 (Sentencia de Vista) de fecha 17 de enero de 2022 y la Resolución Nº 13 (Auto de Requerimiento de Cumplimiento de Sentencia) de fecha 30 de junio de 2022; del Expediente Judicial N» 00217-2021-0-0301-JR-LA-01, interpuesto por NELLY MARIA  ARTEAGA ALEGRE, en contra de la Dirección Regional de Educación Apurimac, el Gobierno
Regional de Apurimac y con emplazamiento del Procurador Publico del Gobierno Regional de Apurimac, en consecuencia, se DECLARA: 1) La Nulidad Parcial de la Resolución Gerencial General Regional Nº 037-2021-GR-APURIMAC/GG de fecha 26 de febrero de 2021; 2) Improcedente la demanda respecto de la Nulidad Total de la Resolución Directoral Regional Nº 1111-2020-DREA, de fecha 26 de noviembre de 2020.
ARTICULO SEGUNDO.· DECLARAR FUNDADA EN PARTE, el Recurso de Apelación interpuesta por NELLY MARIA ARTEAGA ALEGRE, en contra de la Resolución Directoral Regional Nº 1111-2020- DREA, de fecha 26 de noviembre del 2020; RECONOCIENDO el pago de los devengados de la Bonificación Especial mensual por preparación de clases y evaluación, en base al 30% de su remuneración total (total o integra) y no en base a la remuneración total permanente, desde la fecha en que dicha bonificación es exigible para la demandante, esto es, desde la vigencia de la Ley N» 25212, que modifica la Ley del Profesorado (21 de mayo de 1990) hasta un dia antes del cese de la accionante (30 de mayo 1999), con la sola deducción de lo que se le ha venido pagando por este concepto, más el pago de los intereses legales. Para cuyo efecto AUTORÍCESE a la Dirección Regional de Educación Apurimac, cumpla con realizar las acciones administrativas para este fin, EN ESTRICTO CUMPLIMIENTO AL MANDATO JUDICIAL.
ARTICULO TERCERO.- REMITIR, los actuados a la Dirección Regional de Educación de Apurimac, por corresponder para su conocimiento y cumplimiento, ello en mérito a lo dispuesto por el numeral 45.2 del Articulo 45 del TUO de la Ley N° 27584-Ley que regula el proceso contencioso administrativo D.S Nº 011-2019-JUS.

ARTICULO CUARTO.· ENCARGAR, a la Secretaría General NOTIFICAR con el presente acto administrativo, a la Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia General Regional, Dirección Regional Educación Apurímac, Procuraduría Pública Regional, Juzgado de Trabajo de Abancay informando sobre el cumplimiento de lo ordenado, a la parte interesada, y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurimac, para su conocimiento y fines.
ARTICULO QUINTO. · DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal electrónico del Gobierno Regional de Apurimac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

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