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SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE, la solicitud de «Ampliación de Plazo de Entrega de Bienes» por el periodo de 03 días, peticionado virtualmente a la Entidad por el Contratista Inversiones Pachamarca S.A.C., en fecha 17/04/2023, mediante solicitud S/N, registrado con SIGE Nro 10692 – por carecer de sustento técnico y legal – de conformidad a lo establecido por el articulo 158º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus modificatorias, y los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: SE DISPONE, la publicación de la presente resolución en el SEACE, en el día, mediante la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesi de Bienes, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por el artículo 158° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus modificatorias.
ARTICULO TERCERO: NOTIFÍQUESE, en el día, mediante la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes, la presente resolución, al Contratista Inversiones Pachamarca S.A.C., a su correo electrónico contractual: inverpachventas@gmail.com, para su conocimiento y fines de ley.
ARTICULO CUARTO: SE DISPONE, la publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurimac www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
ARTICULO QUINTO: NOTIFICAR, la presente resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura; Sub Gerencia de Obras; al Residente y Supervisor de Obra del referido proyecto; Dirección Regional de Administración; Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurimac, para su conocimiento y fines de ley que amerite por corresponder de acuerdo a su competencia.