RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°121-2023-GR.APURIMAC/GG

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abril 20th, 2023
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°121-2023-GR.APURIMAC/GG
Descripción:

SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: DECLARAR, la NULIDAD DE OFICIO de la Resolución Gerencial Regional N° 77-2021- GR· APURIMAC/GRDE, de fecha 31 de diciembre del 2021 y la Resolución Gerencial Regional N’ 031-2021-GR. APURIMAC/GRDE, de fecha 27 de agosto de 2021, en todo sus extremos, por encontrarse vicios en el acto administrativo que causan su nulidad de pleno derecho, contemplada en los numerales 1) y 2) del articulo 1 Oº del Decreto Supremo N° 004- 2019-JUS que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General, al haberse verificado la transgresión de los requisitos de validez del acto administrativo, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTICULO SEGUNDO: RETROTRAER, el procedimiento administrativo hasta la etapa anterior a la fecha en que se emitió la Resolución Gerencial Regional N° 77-2021- GR-APURIMAC/GRDE, de fecha 31 de diciembre del 2021 y la Resolución Gerencial Regional Nº 031-2021-GR. APURIMAC/GRDE, de fecha 27 de agosto de 2021, mediante el cual se dispuso la nulidad de Oficio de la Unidad Catastral N’ 139002, Unidad Catastral Nº 139003 y Unidad Catastral N’ 139004, por haberse vulnerado normas constitucionales y reglamentarias, teniendo en cuenta los fundamentos plasmados en la presente resolución.
ARTÍCULO TERCERO.· REMITIR, la presente resolución y copias de sus antecedentes a la Secretaria Técnica de Procesos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Regional de Apurimac, a fin de que evalué el deslinde de responsabilidad a que diera lugar.
ARTICULO CUARTO: NOTIFICAR, la presente Resolución a los Administrados José Abel Cruz Portocarrero e Ida Cruz Loayza de Béjar, Gerencia Regional de Desarrollo Económico, Sub Gerencia de Saneamiento Físico Legal de la Propiedad Rural; y, demás instancias administrativas del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines de Ley que ameriten por corresponder de acuerdo a su competencia.
ARTICULO QUINTO: PUBLIQUESE, la presente resolución en la página Web del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

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