SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.· DECLARAR IMPROCEDENTE, la solicitud presentada por el señor FERMIN RETAMOZO CHACON, identificado con DNI Nº 31006656, referente a su petición de reconocimiento de vínculo laboral bajo el Régimen Laboral del Decreto Legislativo Nº 276 – Ley de Bases de la Carrera Administrativa del Sector Público y el artículo 1º de la Ley 24041, quien señala prestar sus servicios al Gobierno Regional de Apurímac, desde 01 de mayo de 2015 hasta la actualidad como Guardián Diurno de las Instalaciones del Gobierno Regional de Apurímac – Dirección Regional de Defensa Nacional y Defensa Civil del Gobierno Regional de Apurímac, por la modalidad de contrato estrictamente temporal (Locación de Servicios); asimismo su pretensión de que se le reconozca vínculo laboral y reposición en la condición de trabajador contratado permanente bajo el Régimen Laboral del Decreto Legislativo Nº 276 carece de asidero legal, porque nunca fue contratado en plaza vacante presupuestada y no realizó labores de naturaleza permanente acorde con el Manual de Organización y Funciones – MOF y Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Entidad, en consecuencia no se encuentra bajo la protección de la Ley Nº 24041, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa y de conformidad con la normativa legal vigente.
ARTÍCULO SEGUNDO.- NOTIFICAR, la presente Resolución al Señor FERMIN RETAMOSO CHACON, y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal electrónico del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )