SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.· CESAR, a partir del 12 de agosto del 2022, por causal de límite de edad (70) años, al Servidor de la carrera administrativa VIRGILIO OLIVERA QQUERARI. identificado con DNI Nº 31038933, con el cargo de Especialista en Finanzas 1, Nivel Remunerativo SPE. Plaza Nº 052 de la Unidad Orgánica Oficina de Contabilidad del Gobierno Regional de Apurímac, sujeto al Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 276, conforme lo establece el literal a) del Artículo 35º del Decreto Legislativo Nº 276 – Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector público, concordante con el literal a) del artículo 186º del Decreto Supremo Nº 005- 90-PM, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución; haciéndole extensivo el agradecimiento por los servicios prestados al Estado.
ARTÍCULO SEGUNDO.– DECLARAR VACANTE la plaza Nº 052 de Profesional en Especialista en Finanzas 1, Nivel Remunerativo SPE, de la Unidad Orgánica Oficina de Contabilidad del Gobierno Regional de Apurímac, sujeto al Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 276, conforme al cuadro para asignación de personal (CAP) y Presupuesto Analítico de Personal (PAP) del Gobierno Regional de Apurímac, a consecuencia de lo vertido en el Artículo Primero de la presente resolución.
ARTÍCULO TERCERO.· ABONAR, a nombre del servidor VIRGILIO OLIVERA QQUERARI, la compensación por Tiempo de Servicios – CTS, conforme al cálculo efectuado por el Responsable del Área de Remuneraciones y Pensiones, tiempo de servicios Un (01) año, y cuatro (04) meses, por el Monto total de S/. 798.64 (SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 64/100 SOLES), conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 420-2019 y Decreto de Urgencia N° 038-2019, efectuándose el pago previa disponibilidad presupuestal, otorgada por la Sub Gerencia de Presupuesto del Gobierno Regional de Apurímac.
ARTÍCULO CUARTO.– REQUERIR, al Servidor VIRGILIO OLIVERA QQUERARI realice la entrega formal del cargo de manera documentada, de conformidad a lo establecido en el artículo 191 º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa del Sector Público.
ARTÍCULO QUINTO.– NOTIFICAR, la presente Resolución al administrado y legajo personal e instancias correspondientes del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines.
ARTÍCULO SEXTO.– DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal electrónico del Gobierno Regional de Apurímac, www.reqionapurimac.qob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )