SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.· CONTRATAR a la Servidora ARELI CACERES DAVILA, en estricto cumplimiento de la Sentencia de Vista, recaída en la Resolución N° 16, de fecha cinco de abril del año dos mil veintiuno, expedida por la Sala Mixta de Abancay, derivado del Exp. Nº 00154-2019-0-0301-JR-CI-01, al amparo del Decreto Legislativo N° 276, a efectos netamente presupuestales puesto y funciones, en la forma que a continuación se detalla. (…)
ARTÍCULO SEGUNDO.· RECONOCER, la calidad de la Servidora ARELI CACERES DAVILA, como Contratada de Naturaleza Permanente, bajo la protección de la Ley Nº 24041 y artículo 15º del Decreto Legislativo N° 276.
ARTÍCULO TERCERO.· DISPONER, que el egreso que genere la presente Resolución, se afectará a la Meta del Archivo General del Gobierno Regional de Apurímac.
ARTÍCULO CUARTO.· NOTIFICAR, la presente Resolución a la administrada y a las instancias administrativas correspondientes para su conocimiento y fines consiguientes.
ARTICULO QUINTO.· DISPONER, la publicación de la presente Resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac www.region.apurimac.gop.pe, de conformidad y en cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la información Publica. ( VER PDF )