SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.· DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por María Cleofé Quispehuaman Atanacio contra la Resolución Directoral Nº 011-2022-GR.APURIMAC/D.OF.RR.HHyE, de fecha 14 de febrero de 2022, emitida por la Oficina de Recursos Humanos y Escalafón del Gobierno Regional de Apurímac; en consecuencia, CONFIRMESE EN TODOS SUS EXTREMOS EL REFERIDO AC’tO ADMINISTRATIVO, de conformidad con los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO.· PRECISAR que la presente Resolución agota la vía adminístratlva, de conformidad con lo previsto en el literal b) del numeral 228.2 del artículo 228º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, quedando expedito el derecho de la recurrente a ejercer la acción contenciosa-administrativa a que se refiere el artículo 148º de la Constitución Política del Perú ante el Poder Judicial.
ARTICULO TERCERO.- NOTIFICAR, la presente Resolución, junto con copia de la Opinion Legal N° 372-2022-GRAP/08/DRAJ, de fecha 06 de junio de 2022, a la interesada, para los fines de ley.
ARTICULO CUARTO.- PUBLICAR, la presente Resolución en la pagina web del Gobierno Regional de Apurímac: www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )