SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- CESAR, a partir del 28 de abril del 2022, por causal de límite de edad (70) años al Servidor de la carrera administrativa JUAN PABLO TRIVEÑO PAMPAS, identificado con DNI N°31011043, Director del Sistema Administrativo III, Nivel Remunerativo F-3, Plaza Nº 093 de la Oficina de Recursos Humanos y Escalafón del Gobierno Regional de Apurímac, sujeto al Régimen Laboral del Decreto Legislativo Nº 276, conforme lo establece el literal a) del Artículo 35º del Decreto Legislativo Nº 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector público, concordante con el literal a) del artículo 186º del Decreto Supremo Nº 005-90-PM, haciéndole extensivo el agradecimiento por los servicios prestados al Estado, y por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DECLARAR VACANTE la plaza Nº 093 de Director de Sistema Administrativo III, Nivel Remunerativo F-3, de la Oficina de Recursos Humanos y Escalafón del Gobierno Regional de Apurímac, sujeto al Régimen Laboral del Decreto Legislativo Nº 276, conforme al cuadro para asignación de personal (CAP) y Presupuesto Analítico de Personal (PAP) del Gobierno Regional de Apurímac, a consecuencia de lo vertido en el Artículo Primero de la presente resolución.
ARTÍCULO TERCERO.- ABONAR, a nombre del servidor JUAN PABLO TRIVEÑO PAMPAS la compensación por Tiempo de Servicios CTS, conforme al cálculo efectuado por el Responsable del Área de Remuneraciones y Pensiones, tiempo de servicios Cuarenta y dos (42) años, seis (06) meses y once (11) días, por el Monto total de S/. 32,216.47 (TREINTA Y DOS MIL DOSCIENTOS DIESCISÉIS CON 47/100 SOLES), conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº420-2019 y Decreto de Urgencia Nº 038-2019, efectuándose el pago previa disponibilidad presupuestal, otorgada por la Sub Gerencia de Presupuesto del Gobierno Regional de Apurímac.
ARTÍCULO CUARTO.- REQUERIR, al Servidor JUAN PABLO TRIVEÑO PAMPAS realice la entrega formal del cargo de manera documentada, de conformidad a lo establecido en el artículo 191º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa del Sector Público.
ARTÍCULO QUINTO.- NOTIFICAR, la presente Resolución al administrado y legajo personal e instancias correspondientes del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines. ( VER PDF )