SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR IMPROCEDENTE, la solicitud presentada por los Servidores Nombrados del Gobierno Regional de Apurímac, MARY JANETH VALVERDE ENRIQUEZ, identificada con DNI. Nº 31008901, HUGO HERNAN AVALA RODRIGUEZ, identificado con DNI. Nº 31003317, CARLOS DIMAS GUILLEN SOTOMAYOR, identificado con DNI. Nº 23822961, DORIS FRANCO SANCHEZ, identificada con DNI. Nº 23838579, ANGEL MAX BACA BLANCO, identificado con DNI. Nº 31013168, WILFREDO VALENZA VALENZA, identificado con DNI. Nº 31003616, EMILIO GERMAN RAMIREZ PEREZ, identificado con DNI. Nº 31346790, JUSTINO GUIPA ÑAUPA, identificado con DNI. Nº 31363829, MARCIA MAMANI DEL CASTILLO, identificada con DNI. Nº 31010242, LIVIA EDUVIGES LOPEZ BUSTINZA, identificada con DNI. Nº 31008249 y MERY DE LA TORRE LLAMCCA YA, identificada con DNI. Nº 31363694, quienes solicitan el reconocimiento de la deuda y pago de los devengados más los intereses legales en aplicación del Artículo 2º del Decreto Ley Nº 25981, que establece un incremento remunerativo equivalente al 10% de la parte de su haber mensual del mes de Enero de 1993, para los Trabajadores cuyas remuneraciones fueron afectas a la contribución al Fondo Nacional de Vivienda FONAVI, como consecuencia de que el Decreto Ley Nº 25981 fue derogado de manera expresa por la Ley Nº 26233 en su Artículo 3º publicado con fecha 13 de octubre del año 1993, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa y de conformidad con la normativa legal vigente.
ARTÍCULO SEGUNDO.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a las Instancias correspondientes del Gobierno Regional de Apurímac, al legajo personal e interesada, para su conocimiento y fines. ( VER PDF )