SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.– DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de fecha 16 de setiembre de 2021, planteada por el administrado Eloy Camacho Huamán, sobre nulidad de procedimiento de rectificación de áreas, linderos y medidas perimétricas, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución en el domicilio procesal del interesado, cito en la Av. Elias N° 203 de esta ciudad de Abancay.
ARTÍCULO TERCERO.– DEVOLVER, los actuados a la Sub Gerencia de Saneamiento Físico legal de la Propiedad Rural para su archivo, debiendo quedar copia de los mismos en archivo de esta Sede Central, como antecedente.
ARTÍCULO CUARTO.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a la Sub Gerencia de Saneamiento Físico Legal de la Propiedad Rural, y a los interesados, para los fines correspondientes.
ARTÍCULO QUINTO.- PUBLICAR, la presente Resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac: www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )