SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR IMPROCEDENTE, la Solicitud presentada por las administradas ROCIO TOHALINO TIZON, identificada con DNI. Nº 31024531 y MARIETA TOHALINO TIZON, identificada con DNI. Nº 31040018, hijas legítimas de la que en vida fue servidora nombrada del Gobierno Regional de Apurímac, RHODA TIZON TORREBLANCA, quienes solicitan cumplimiento de la Resolución Ejecutiva Presidencial Nº 319-2002- CTAR.APURIMAC/PE, que aprueba la Directiva N° 003-2002-CTAR.APURIMAC/P-CAFAE, referente al pago de los devengados del concepto Refrigerio y Movilidad, de acuerdo con el Informe Nº 110-2022-GR.APURIMAC/DRAF/D.RR.HH/A.REM, no es posible atender la petición por no contar con disponibilidad presupuestal, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa y de conformidad con la normativa legal vigente.
ARTÍCULO SEGUNDO.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a las Instancias administrativas correspondientes del Gobierno Regional de Apurímac, a los legajos personales e interesadas para su conocimiento y fines. ( VER PDF )