SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR IMPROCEDENTE, la solicitud presentada por doña GABRIELA DELGADO QUINTANA, identificada con DNI. Nº 343871541, quien solicita desnaturalización de contratos, reconocimiento como trabajadora contratada para labores de naturaleza permanente bajo el Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 276 y reposición en su puesto de trabajo como Asistente de Pesquería de la Dirección Regional de la Producción de Apurímac, según señala prestó sus servicios a la Institución, desde el 03 de Marzo del año 2014 hasta el 31 de Agosto del 2018 como Asistente Administrativo de Pesquería, de acuerdo con el Informe Nº 001-2022-GRAP/07.01/DRNOF.RR.HH/ABOG.ARTF, la recurrente prestó sus servicios en la Dirección Regional de la Producción, en el marco del Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) en la condición de trabajadora contratada con carácter temporal o accidental conforme acreditan los contratos CAS y adendas, adjuntas al expediente y en ningún momento desempeñó labores de naturaleza permanente bajo el Régimen Laboral del Decreto Legislativo Nº 276, acorde con el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Manual de Organización y Funciones (MOF) de la Entidad, en consecuencia opina declarar improcedente la solicitud por carecer de sustento legal, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa y de conformidad con la normativa legal vigente.
ARTÍCULO SEGUNDO.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a las Instancias administrativas correspondientes del Gobierno Regional de Apurímac y notificar a la interesada para su conocimiento y fines. ( VER PDF )