SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR IMPROCEDENTE, la Solicitud presentada por las servidoras y servidores nombrados del Gobierno Regional de Apurímac, IMELDA HAYDEE YANAC GARCIA, identificada con DNI. Nº 09199991, JOSE ENRIQUE VARGAS OVIEDO, identificado con DNI. N°31009264, MARIA EUGENIA CARRERA QUINTANILLA, identificada con DNI. Nº 31001876, ANTONIO PALOMINO ARENAS, identificado con DNI. Nº 23606361, MADELEINE HILDA CASTILLO CAHUANA, identificada con DNI. Nº 31301823, DIOMEDES ABDIA TELLO CERON, identificado con DNI. Nº 31013445, LUCIO SIMEON MALLMA CAHUANA, identificado con DNI. Nº31342327, NICANOR QUISPE AMAO, identificado con DNI. Nº 06098952, LUZMILA NIÑO DE GUZMAN DONGO, identificada con DNI. Nº 31005829, ANGEL CAMPOS GALLEGOS, identificado con DNI. N° 31545777, JULIO SORIA CARDENAS, identificado con DNI. N° 21042302, EFRAIN BARRIENTOS CABALLERO, identificado con DNI. Nº 31012215, GRISELA MARIA BARRERA BARRERA, identificada con DNI. Nº 21550076 y ROSA SARMIENTO LLAMOCCA, identificada con DNI. Nº 31030745, quienes solicitan reconocimiento y pago de los devengados más intereses legales en aplicación del Artículo 2º del Decreto Ley Nº 25981, que establece un incremento remunerativo equivalente al 10% de la parte de su haber mensual del mes de Enero de 1993, para los trabajadores cuyas remuneraciones fueron afectas a la contribución al Fondo Nacional de Vivienda FONAVI, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa y conforme a la normativa vigente.
ARTÍCULO SEGUNDO.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a las Instancias administrativas correspondientes del Gobierno Regional de Apurímac, a los legajos personales y servidores(as) comprendidos para su conocimiento y fines. ( VER PDF )