RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N 414-2021-GR-APURIMAC.GG

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noviembre 18th, 2021
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N 414-2021-GR-APURIMAC.GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.· DISPONER EL CUMPLIMIENTO, del mandato judicial contenido en la Resolución Nº 09 (Sentencia) de fecha 13 de diciembre del 2019 la cual FALLA: DECLARANDO FUNDADA EN PARTE la demanda contenciosa administrativa( … ) interpuesta por FLORA ENCISO CACERES en contra de la Dirécción Regional de Educación de Apurímac, de laUnidad de Gestión Educativa Local de Abancay y del Gobierno Regional de Apurímac, con emplazamiento del Procurador Público del Gobierno Regional  de Apurímac; en consecuencia DECLARA: 1) La nulidad total de la Resolución Ejecutiva Regional Nº155-2019-GR APURIMAC/GR de fecha 01 de marzo del 2019 y la nulidad parcial de la Resolución Directoral Regional Nº1804-2018-DREA de fecha 31 de diciembre del 2018 (solo en lo que respecta a la demandante); y, ORDENO que el Gobierno Regional de Apurímac, emita nuevo acto administrativo (absolviendo el recurso administrativo del apelación)  disponiendo que a la demandante se le reconozca y pague el reintegro solicitado; esto es, el pago de los devengados por el incremento dispuesto en el Decreto Ley Nº 25981 (correspondiente al 10% de la parte de su haber mensual del mes de enero de mil novecientos noventa y tres, afecto a la contribución del Fondo Nacional de Vivienda); los mismos que deben ser calculados y abonados conforme a lo dispuesto por el artículo 2° del Decreto Ley Nº 25981 desde que se ha incumplido la norma, esto es el primero de febrero de 1990 en adelante, los que serán determinados en ejecución de sentencia, más el pago de los intereses legales.

ARTICULO SEGUNDO.· AUTORIZAR que la Dirección Regional de Educación, según corresponda, tenga que efectuar las acciones administrativas, para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.

ARTICULO TERCERO.· REMITIR, los actuados a la Entidad de origen, por corresponder para su conocimiento y cumplimiento, debiendo quedar copias del mismo en archivo como antecedente.

ARTICULO CUARTO.· NOTIFICAR, con el presente acto administrativo, a  la Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia General Regional, Dirección Regional Educación Apurímac, Procuraduría Pública Regional, al Juzgado de Trabajo de Abancay, informando sobre el cumplimiento de lo ordenado, a la interesada, y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines.

ARTICULO QUINTO.· DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal electrónico del Gobierno Regional de Apurímac, www.regíonapurímac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )

 

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