SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO. – DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO de la Resolución Gerencial General Regional NQ 242-2020-GR-APURIMAC/GG de fecha 06 de agosto del 2020, por encontrarse vicios en el acto administrativo que causan su nulidad de pleno derecho, al haberse verificado la transgresión de los requisitos de validez del acto administrativo.
ARTICULO SEGUNDO. – RETROTRAER, el procedimiento administrativo hasta la etapa anterior a la fecha en que se encontró el vicio, es decir la calificación del recurso de apelación por parte de la Gerencia Sub Regional Chanka de Andahuaylas.
ARTICULO TERCERO. – DISPONER, a la Gerencia Sub Regional Chanka de Andahuaylas, tener presente lo dispuesto por el Artículo 18º del Reglamento del Tribunal del Servicio Civil, aprobado por el D.S Nº 008-2010-PCM, modificado por el D.S Nº 135-2013-PCM y por la Segunda Disposición Complementaria Modificatoria del D.S Nº 040-2014-PCM
ARTICULO CUARTO. – NOTIFICAR, con el presente acto resolutivo a la Gerencia General, Gerencia Sub Regional Chanka, a la administrada Janeth Shirley Puga Guillen, con las formalidades señaladas por Ley.
ARTICULO QUINTO. – PUBLÍQUESE, la presente resolución en el portal web institucional: www.regionapurimac.gob.pe; de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )