SE RESUELVE:
ARTÍCULO l9.- Autorizase la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Gobierno Regional del Departamento de Apurímac para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de QUINIENTOS SETENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 572 284,00), en la Fuente de Financiamiento 5 Recursos Determinados, de acuerdo al siguiente detalle:(VER EN PDF)
ARTÍCULO 29.- La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas partidas de ingresos, componentes, finalidades de metas y unidades de medida.
ARTÍCULO 39.- La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes «Motas para Modificación Presupuestaria» que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
ARTÍCULO 49.- Copia del presente dispositivo se remite a los organismos señalados en el artículo 549, numeral 54.1, inciso b) de la Ley N9 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, a la Contraloría General de la República, a la Dirección General de Contabilidad Pública y a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas.