HA APROBADO EL SIGUIENTE ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL: ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, la REDUCCIÓN MEDIANTE MODIFICACIÓN
PRESUPUESTAL DE LOS RECURSOS CORRESPONDIENTES A SALDO DE BALANCE POR LA FUENTE DE FINANCIAMIENTO RECURSOS DETERMINADOS, RUBRO 18 CANON Y SOBRE CANON POR EL MONTO DE SI. 8, 231,015.00, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 32103-Ley que Aprueba Créditos Suplementarios para el Financiamiento de Mayores Gastos Asociados a la Reactivación Económica y dicta otras medidas.
ARTÍCULO SEGUNDO.-REMITIR, copia del acuerdo de consejo regional, dentro de los cinco días calendario de aprobada, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, a la Contraloría General de la República y a la Dirección General de Presupuesto Público, de conformidad a lo previsto en el numeral 2 de la Tercera Disposición Complementaria de la Ley Nº 32103.
ARTÍCULO TERCERO.-DELEGAR, al Secretario General del Consejo Regional, notificar el Presente Acuerdo del Consejo Regional, al Gerente General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Se dé a conocer para su cumplimiento y fines de Ley.
ARTÍCULO CUARTO.–PUBLICAR Y DIFUNDIR, el presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Oficial El Peruano, y en el Portal Electrónico de la Institución, conforme dispone el artículo 42º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el numeral 2 de la Tercera Disposición Complementaria de la Ley Nº 32103. ( VER PDF )