RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL N 043-2018-GR.APURIMAC.GRDS

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octubre 31st, 2018
RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL N 043-2018-GR.APURIMAC.GRDS
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- INICIAR EL PROCEDIMIENTO DE NULIDAD DE OFICIO de las Resoluciones Directorales Regionales N°s 0675-2016-DREA, 0795-2016-DREA, 0858-2016-DREA, 1098-2016-DREA, 1240-2016-DREA, 1241-2016-DREA, 0497-2016-DREA y 0104-2017-DREA, 0131-2017-DREA, 0152-2017-DREA, 0153-2017-DREA, 0154-2017-DREA, 0163-2017-DREA, 0164-2017-DREA, 0165-2017-DREA, 0256-2017-DREA, 0394-2017-DREA, 0423-2017-DREA, 0477-2017-DREA y 0526-2017-DREA.

ARTÍCULO SEGUNDO.- OTORGAR el plazo de cinco (05) días hábiles a la empresa GILAT NETWORKS PERU S.A., a efectos de que puedan ejercer oportunamente su derecho de defensa, de conformidad con el artículo 211 ° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General,

ARTÍCULO TERCERO.- PRECISAR que el plazo establecido en el artículo segundo de la presente resolución, se computará a partir del día hábil siguiente de aquel en que se haya efectivizado, tratándose de la notificación personal, y a partir del siguiente día hábil de aquel en el cual se efectuó la última publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario de mayor circulación de la Región Apurímac, tratándose de la notificación vía publicación.

ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Educación Apurímac, notificar la presente resolución, en forma personal vía cédula, a los recurrentes cuyos domicilios hayan sido consignados dentro de la circunscripción territorial de la Región Apurímac. Para dicho efecto deberán agotarse los medios posibles con tal de asegurar la notificación de conformidad con el artículo 21 del TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

ARTICULO QUINTO.- DEVOLVER, los actuados a la entidad de origen por corresponder, debiendo quedar copias del mismo en archivo como antecedente.

ARTÍCULO SEXTO.- NOTIFICAR la presente resolución vía publicación en el Diario Oficial El Peruano, y en el Diario de mayor circulación del Región Apurimac, para aquellos que desconocen esta información, puedan ejercer oportunamente su derecho de defensa.

ARTÍCULO SÉPTIMO.- se DISPONE la publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurimac www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

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