ARTICULO 2.- CODIFICACIONES
La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas partidas de ingresos, componentes, finalidades de metas y unidades de medida.
ARTÍCULO 3.- NOTAS PARA LA MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA
La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes «Notas para Modificación Presupuestaria» que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
¡fní* Inopia del presente dispositivo se remite a los organismos señalados en el artículo 545, numeral 54.1, inciso b) del Texto Único Ordenado de la Ley 28411 -Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y a la Dirección Nacional de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas.