ARTICULO PRIMERO.- RECONOCER, como gasto devengado la deuda pendiente de pago del ejercicio 2014, por la suma total de S/. 10,170.00 (Diez Mil Ciento Setenta con 00/100 Soles) correspondiente al pago por estudio del proyecto Geotécnico a favor de CIRILO JIMENEZ BLANCO, asimismo de la revisión a la documentación se observa que el prestador fallecido el 29/ 03/16, haciendo como heredera universal a su Madre la Sra. ALEJANDRINA BLANCO DE JIMENEZ, como lo demuestra en la Sucesión Intestada, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTICULO SEGUNDO.- DISPONER, a la Oficina de Tesorería la que considera la deducción que se realizó, por concepto de penalidad debiendo ser deducción del monto pendiente de pago estableciendo en el Artículo Primero de la presente Resolución
ARTICULO TERCERO.- AUTORIZAR, los pagos, con afectación al Correlativo de Meta: 088-2017 «ESTUDIOS DE PREINVERSION»
ARTICULO CUARTO.- DISPONER, la remisión de los actuados a la Secretaría Técnica de Procedimiento Administrativo Disciplinario, a efecto de deslindar las responsabilidades administrativas.
ARTÍCULO QUINTO.- DISPONER la devolución de los antecedentes documentales necesarios para el trámite de pago.
ARTICULO SEXTO.-TRANSCRIBIR, la presente resolución a los interesados y demás instancias pertinentes para su conocimiento, cumplimiento y demás fines de Ley.