junio 2nd, 2014
DEROGAR, en parte el Acuerdo del Consejo Regional N° 008-2014- GR.APURIMAC/CR de fecha 13 de febrero del 2014, referido al Item 01, Exoneración del Proceso de Selección por causal de proveedor único que no admite sustituto, para la adquisición de terreno destinado a la construcción del Gasocentro en la ciudad de Andahuaylas por el monto total de S/. 3’ 505,600.00 Nuevos Soles, quedando subsistente los demás extremos que la contiene.