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DECLARAR IMPROCEDENTE, la solicitud de prestación de presupuesto «Adicional de Metas de Estudio» por la suma de S/. 262,367.44 nuevos soles, para el Servicio de Consultoría de Obra para la «Elaboración del Estudio a Nivel de Expediente Técnico del Provecto: Construcción de Defensa Ribereña de la Margen Derecha del Rio Pampas y Tributarios entre las Localidades de San Cristóbal y Ahuayro, Distritos de Huaccana y Chincheros. Provincia de Chincheros. Región Apurimac», peticionado por el Consultor Empresa Torvisco Ingenieros Contratistas Generales E.I.R.L., por carecer de sustento técnico y legal; debido a que el sistema de contratación a suma alzada, implica como regla general la invariabilidad tanto del precio como del plazo, caso contrario se estaría estableciendo un trato preferente a favor del postor ganador de la buena pro y actual Consultor en perjuicio de los demás participantes del Proceso de Selección ADS N° 103-2012-GRA-l CONVOCATORIA y por no estar conforme al procedimiento, formalidad y porcentaje máximo establecido en el Art. 174° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, conforme a los antecedentes documentales y fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.