RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N°034-2025-GORE.APURIMAC/GR

Archivo
marzo 5th, 2025
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N°034-2025-GORE.APURIMAC/GR
Descripción:

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR, de OFICIO LA NULIDAD del procedimiento de selección Concurso Público N°04-2024-GRAP/CS-I, convocado por el Gobierno Regional de Apurímac, para la contratación del Servicio de Fabricación, Transporte, Montaje y Lanzamiento de Vigas de Estructura Metálica para el proyecto: «Creación del Puente y Accesos en el Sector de Sausipampa y Niñopampa de las Comunidades de Pairaca y Chuquinga, distrito de Chalhuanca, provincia de Aymaraes, Departamento de Apurímac», por la causal de contravención a las normas legales, debiendo de retrotraerlo hasta su CONVOCATORIA, de conformidad a lo establecido en el numeral 44.2 del artículo 44° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER, que el Comité de Selección designado para referido procedimiento de selección, continúe con las acciones administrativas y etapas del procedimiento de selección, en estricto cumplimiento a lo dispuesto por la normativa de contrataciones del estado.
ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR, la presente resolución al Área Usuaria de la Contratación, para su conocimiento y fines de ley, exhortándoseles bajo responsabilidad funcional, mayor diligencia en el cumplimiento He sus funciones, a fin de que realicen la adecuada formulación del requerimiento, debiendo tener en cuenta lo dispuesto por la normativa de contrataciones del estado, las normas y reglamentos técnicos y demás normas regulen el objeto de la contratación, a efectos de evitar futuras nulidades y con ello la innecesaria dilación del procedimiento de selección.
ARTÍCULO CUARTO: DISPONER, se devuelva el expediente de contratación del presente procedimiento de selección, a la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes (Órgano Encargado de las Contrataciones), para su custodia conforme a lo dispuesto por el Reglamento de la Ley de Contrataciones del ‘Estado.
ARTÍCULO QUINTO: NOTIFICAR, la presente resolución y la copia de sus antecedentes, a la Secretaria Técnica de Procesos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Regional de Apurímac, para que, en mérito a sus atribuciones realice el deslinde de responsabilidades.
ARTÍCULO SEXTO: DISPONER, a la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes, proceda con la notificación de la presente Resolución a través del SEACE del OSCE, (VER PDF)

Dirección URL
Archivo en Linea
Gobierno Regional de Apurímac :: Jr. Puno 107 | Central Telefónica: 083 321022 | 322170 | Telf. Fax: 083 321174
Desarrollado por Unidad de Informática - mail :: [ informatica@regionapurimac.gob.pe ]