Descripción: | SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el expediente de liquidación técnico – financiero por la modalidad de oficio del Proyecto de Inversión denominado: «Mejoramiento del acceso de la población rural materno infantil a los servicios de salud en los establecimientos de Antilla, Ccoc-hua, Ccollpa, el Carmen y Progreso Larata del distrito de Curahuasi, provincia de Abancay, departamento de Apurímac», con CUI N° 2042161, por.un costo real total de S/ 1 ‘840,041.93 soles, correspondiente a la ejecución presupuestal del año fiscal: 2008, 2009, 2020 y 2023, para efectos de proceder con su transferencia a la Entidad encargada de su operación y mantenimiento y el cierre en el banco de Inversiones; ello, en virtud al pronunciamiento, informes técnicos y opiniones favorables de procedencia por parte del liquidador técnico, liquidador financiero, y de la Oficina Regional de Supervisión Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión; y, de acuerdo a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: AUTORIZAR, a la Dirección Regional de Administración del Gobierno Regional de Apurímac, para que, a través de sus órganos competentes contables, realicen las rebajas y reclasificaciones de los saldos de la Sub Cuenta: 1501.0703 – instalaciones médicas, Sub Cuenta: 1504.05 – formación y capacitación, Sub Cuenta: 1501.1202 – expediente técnico – edificios o unidades no residenciales, Sub Cuenta: 1505.03 – otras gastos diversos de activos no financieros y para su Transferencia a la entidad del sector público de bienes muebles con la Sub Cuenta: 1503.0501 – vehículos, maquinarias y otras unidades por transferir, acorde al Balance del Año Fiscal del 2024, por un importe total de S/ 1 ‘840,041.93 Soles.
ARTÍCULO TERCERO: DISPONER que los responsables del manejo y administración de las conciliaciones financieras (Oficina de Contabilidad Oficina de Tesorería), en cumplimiento de sus funciones y competencias, implementen obligatoriamente las observaciones. conclusiones y recomendaciones, baio responsabilidad: para ello, deben recabar obligatoriamente la información contenida en el expediente de liquidación técnica y financiera (informes técnicos-financieros), que se custodian en la oficina de resoluciones: ello, en pro de resguardar los intereses de la entidad.
ARTÍCULO CUARTO: PRECISAR, que la presente resolución no implica convalidación de los actos o acciones realizados o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto; en consecuencia, la Oficina Regional de Supervisión Liquidación y Trasferencia de Proyectos de Inversión, y demás unidades orgánicas inmersas deberán de cautelar la observancia del marco legal de los procedimientos a implementarse para el cumplimiento de la presente resolución.
ARTÍCULO QUINTO: REMITIR, copias de los actuados a la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Regional de Apurímac, para el inicio de deslinde de responsabilidades, a fin de determinar las sanciones a que hubiera lugar, por las omisiones incurridas y que están detalladas como observaciones, Conclusiones y recomendaciones en los informes de liquidación técnica y financiera.
ARTÍCULO SEXTO: ESTABLECER, que la aprobación del presente Expediente de liquidación técnica – financiera, es de carácter eminentemente técnico; siendo que el proceso de liquidación técnico – financiero del proyecto, queda supeditada al cumplimiento de la normatividad vigente y aplicable al caso en concreto.
ARTÍCULO SÉTIMO: DISPONER, a la UEI (Gerencia Regional de Infraestructura) registre el cierre de las inversiones en el banco de inversiones mediante formato N°09 registro de cierre de inversiones»; una vez que quede consentida la liquidación; en consecuencia, los órganos de linea, de apoyo y asesoramiento conforme a sus atribuciones, deben realizar los actos necesarios para la clasificación financiera y contable del presente.
ARTÍCULO OCTAVO: NOTIFÍQUESE, de forma obligatoria Con la presente resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura, a la Oficina Regional de Supervisión Liquidación y Trasferencia de Proyectos de Inversión, Dirección Regional de Administración, Oficina de Tesorería, Oficina de Contabilidad, para su conocimiento e implementación de las acciones y fines de ley que correspondan, (VER PDF).
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