RESOLUCIÓN JEFATURAL REGIONAL N°69-2024-GORE APURIMAC ORSLTPI

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diciembre 6th, 2024
RESOLUCIÓN JEFATURAL REGIONAL N°69-2024-GORE APURIMAC ORSLTPI
Descripción:

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el expediente de liquidación técnico – financiero del proyecto de inversión denominado: «Fortalecimiento de la capacidad operativa de la unidad de Gestión Educativa local de Aymaraes, Provincia de Aymaraes, Región Apurímac», con CUI N°2115847, por el costo real de S/ 2’281 745.56 Soles correspondiente a la ejecución presupuestal de los años Fiscales: 2013 y 2014; ello, en virtud al pronunciamiento, informes técnicos y opiniones favorables de procedencia por parte del Liquidador Técnico y Liquidador Financiero, y de la Oficina Regional de Supervisión Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión y, de acuerdo a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: PRECISAR, que la presente resolución no implica convalidación de los actos o acciones realizados o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto; en consecuencia, la Oficina Regional de Supervisión Liquidación y Trasferencia de Proyectos de Inversión, y demás unidades orgánicas inmersas deberán de cautelar la observancia del marco legal de los procedimientos a implementarse para el cumplimiento de la presente resolución.
ARTÍCULO TERCERO: AUTORIZAR, a la Dirección Regional de Administración del Gobierno Regional de APURÍMAC, para que, a través de sus órganos competentes contables, realice las rebajas contables y reclasificaciones que correspondan del presupuesto ejecutado del expediente de liquidación técnica – financiera del proyecto en mención. Asimismo; DISPONER que los responsables del manejo y administración de las conciliaciones financieras (Oficina de Contabilidad – Oficina de Tesorería) y otras inmersas en el trámite administración del proceso de ejecución del proyecto que, en cumplimiento de sus funciones y competencias, implementen con carácter de obligatorio y bajo responsabilidad, las observaciones. conclusiones y recomendaciones contenidas en los informes técnico (tomos l) y financiero (acta de conciliación — Tomo ll); para ello, deben recabar obligatoriamente la información contenida en el expediente, que se custodian en la oficina de resoluciones: ello, en pro de resguardar los intereses de la entidad, (VER PDF).

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