RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°363-2024-GR.APURIMAC/GG

Archivo
diciembre 5th, 2024
RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°363-2024-GR.APURIMAC/GG
Descripción:

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.-DAR CUMPLIMIENTO, al mandato judicial contenido en la Resolución N° 04 (Sentencia) de fecha 15 de marzo de 2024, la Resolución N°08 (Sentencia de Vista) de fecha 09 de agosto de 2024 y la Resolución N°10 (Auto de Requerimiento de Cumplimiento de Sentencia) de fecha 18 de octubre de 2024; del Expediente Judicial N° 01379-2023-0-0301-JR-LA-02, interpuesto por JULIANA LUZMILA BERNEDO RAMIREZ, en contra de la Dirección Regional de Educación de Apurímac, el Gobierno Regional de Apurímac, y con emplazamiento al Procurador Público del Gobierno Regional de Apurímac; en consecuencia se DECLARA: 1) La Nulidad Parcial de la Resolución Gerencial General Regional NO 453-2023-GR-APURIMAC/GG, de fecha 22 de noviembre de 2023.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DECLARAR FUNDADA EN PARTE, el Recurso de Apelación interpuesta por JULIANA LUZMILA BERNEDO RAMIREZ, en contra de la Resolución Gerencial General Regional N°453-2023-GR-APURIMAC/GG, de fecha 22 de noviembre de 2023. RECONOCIENDO, el pago del subsidio por luto y gastos de sepelio, en base a dos remuneraciones o pensiones ambas en base a su remuneración total o integra a la fecha de fallecimiento de su señor padre (el siete de julio del dos mil seis), con la deducción de lo ya pagado de ser el caso, más los intereses legales, previa liquidación administrativa.
ARTÍCULO TERCERO.-DISPONER, a la Dirección Regional de Educación de Apurímac, a fin de que proceda a practicar la liquidación del pago del subsidio por luto y gastos de sepelio, en base a dos remuneraciones o pensiones ambas en base a su remuneración total o integra a la fecha de fallecimiento de su señor padre (el siete de julio del dos mil seis), con la deducción de lo ya pagado de ser el caso, más los intereses legales, en estricto cumplimiento al mandato judicial; para cuyo fin remitir, los actuados y sus antecedentes a la Dirección Regional de Educación de Apurímac, para su conocimiento y cumplimiento, ello en mérito a lo dispuesto por el numeral 45.2 del Artículo 45 del TUO de la Ley N° 27584-Ley que regula el proceso contencioso administrativo D.S N° 011-2019-JUS, (VER PDF)

Dirección URL
Archivo en Linea
Gobierno Regional de Apurímac :: Jr. Puno 107 | Central Telefónica: 083 321022 | 322170 | Telf. Fax: 083 321174
Desarrollado por Unidad de Informática - mail :: [ informatica@regionapurimac.gob.pe ]