RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°348-2024-GR-APURIMAC/GG

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diciembre 5th, 2024
RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°348-2024-GR-APURIMAC/GG
Descripción:

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.-DAR CUMPLIMIENTO, al mandato judicial contenido en la Resolución N° 12 (Sentencia), de fecha 12 de abril de 2017; la Resolución N°17 (Sentencia de Vista), de fecha 26 de octubre de 2017 y la Resolución N° 21 (Requerimiento de Ejecución de Sentencia), de fecha 22 de julio de 2024; del Expediente Judicial N°006042015-0-0302-JR-CI-OI interpuesto por JESÚS ANICETO GUEVARA TICONA, en contra del Gobierno Regional de Apurímac y con emplazamiento del Procurador Publico del Gobierno Regional de Apurímac, en consecuencia se DECLARA: FUNDADA EN PARTE sobre la nulidad de la Resolución Ejecutiva Regional Ficta que declaro improcedente el recurso de apelación contra la Resolución Directoral Sub Regional negativa ficta; e INFUNDADA en cuanto al pago de devengados.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER, a la Dirección Sub Regional de Transportes y Comunicaciones Chanka Andahuaylas, que a favor de JESÚS ANICETO GUEVARA TICONA, se implementen las acciones necesarias para el cumplimiento de la Resolución Gerencial N° .088-2011-GR-APURIMAC/GG, aclarada mediante Resolución Gerencial Regional N° .008-2012-GR.APURlMAC/GG, que aprueba la directiva N°.002-2011-GR-APURíMAC/GG, normas para el otorgamiento de asignación alimentaria, en estricto cumplimiento al mandato judicial; para cuyo fin remitir, los actuados y antecedentes a la Dirección Sub Regional de Transportes y Comunicaciones Chanka Andahuaylas, para su conocimiento y cumplimiento, ello en mérito a lo dispuesto por el numeral 45.2 del Artículo 45 del TUO de la Ley N°27584-Ley que regula el proceso contencioso administrativo D.S N° 011-2019-JUS.
ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR, a la Secretaría General NOTIFICAR con el presente acto administrativo, a la Gerencia General Regional; Procuraduría Pública Regional para que notifique al Primer Civil – MBJ. ANDAHUAYLAS informando sobre el cumplimiento de lo ordenado, bajo apercibimiento; a la parte interesada; y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines, (VER PDF).

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