RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA N°133-2024-GR.APURIMAC-GRI

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noviembre 19th, 2024
RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA N°133-2024-GR.APURIMAC-GRI
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Expediente Técnico sobre MODIFICACIÓN EN FASE DE EJECUCIÓN N002, EN AYAS DE REGULARIZACIÓN, CON INCREMENTO PRESUPUESTAL, (POR MAYORES METRADOS, PARTIDAS NUEVAS, DEDUCTIVOS) para el sub Proyecto denominado: «MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA EL SISTEMA DE RIEGO EN LA COMUNIDAD DE CHOCCECANCHA, DISTRITO DE SAN JERÓNIMO- ANDAHUAYLAS – APURÍMAC» – META 149-2024, del Proyecto de Inversión Pública matriz con CUI N° 2215017; aclarando que el incremento presupuestal asciende a la suma de S/. 109.450.72 teniendo como presupuesto total actualizado la suma de S/. 193.785.412.2êsglps; ello a fin de cumplir con el objetivo y finalidad del proyecto, en concordancia a los fundamentos de hecho y derecho expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución y cuyos antecedentes obran en 02; y, conforme al siguiente detalle: […].

ARTÍCULO SEGUNDO: EXHORTAR, a los responsables del Proyecto, mayor diligencia y celeridad en el cumplimiento de sus funciones, bajo responsabilidad, debiendo tener en cuenta la optimización de los Recursos Públicos y Presupuestos solicitados, en mérito a los Principios de Celeridad, Economía, Sencillez y Eficacia.
ARTÍCULO TERCERO: REMITIR, copias de los actuados a la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Regional de Apurímac, para el inicio de deslinde de responsabilidades, por la demora en el trámite administrativo a fin de determinar las sanciones a que hubiere respecto a la solicitud tardía del Expediente Técnico sobre MODIFICACIÓN EN FASE DE EJECUCIÓN N°02, EN VÍAS DE REGULARIZACIÓN, CON INCREMENTO PRESUPUESTAL, (POR MAYORES METRADOS, PARTIDAS NUEVAS, DEDUCTIVOS) materia del presente.
ARTÍCULO CUARTO: DETERMINAR, que, en el caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en el Expediente Técnico de MODIFICACIÓN EN FASE DE EJECUCIÓN N° 02 materia del presente, la responsabilidad recae en los responsables del proyecto de acuerdo a sus funciones conferidas en el Reglamento de Organización de Funciones y demás instrumentos Legales vigentes.
ARTÍCULO QUINTO: ESTABLECER, que la aprobación del presente Expediente Técnico es de CARÁCTER EMINENTEMENTE TÉCNICO; siendo que la ejecución del sub Proyecto quede supeditada al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y Financiamiento, (VER PDF).

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