RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA N°118-2024-GR.APURIMAC/GRI

Archivo
octubre 11th, 2024
RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA N°118-2024-GR.APURIMAC/GRI
Descripción:

ARTÍCULO PRIMERO.-APROBAR, – EN VÍAS DE REGULARIZACIÓN- la Modificación Presupuestal N° 02 – en Fase de Ejecución, del Sub proyecto denominado: «MEJORAMIENTO y AMPLIACION DEL SERVICIO DE AGUA DE RIEGO – SISTEMA DE CONDUCCION – SECTOR 03 – EN LA COMUNIDAD DE CHOCCECANCHA, DISTRITO DE SAN
JERÓNIMO – ANDAHUAYLAS -APURIMAC», correspondiente al proyecto de Inversión: «MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DE AGUA DE RIEGO EN LAS COMUNIDADES DE CHULLCUISA, SANTA ROSA, CUPISA, CHAMPACCOCHA, ANCATIRA, CHOCCECANCHAY ARGAMA ALTA, DISTRITO DE SAN JERONIMO Y PACUCHA, PROVINCIA DE ANDAHUAYLAS -APURÍMAC», POR DEFICIENCIAS EN EL EXPEDIENTE TÉCNICO Y/O CASUISTICAS (PARTIDAS NUEVAS, MAYORES METRADOS), siendo el INCREMENTO PRESUPUESTAL solicitada la suma de: S/. 727,781.37 soles, (Setecientos Veintisiete Mil Setecientos Ochenta y Uno con 37/100 soles), con un presupuesto total actualizado del sub proyecto la suma: S/. 9719.606.08.soles (Nueve Millones Setecientos Diecinueve Mil Seiscientos Seis con 08/100 soles), que equivale al 9.12 % de incidencia del presupuesto del sub proyecto aprobado, para cumplir con el objetivo y finalidad del proyecto, en concordancia a los fundamentos de hecho y derecho expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución, conforme al siguiente detalle[…]

ARTÍCULO SEGUNDO.- EXHORTAR, a los responsables del Proyecto, mayor diligencia y celeridad en el cumplimiento es, bajo responsabilidad, debiendo tener en cuenta la Optimización de los Recursos Públicos y plazos, en mérito a los Principios de Celeridad, Economía, sencillez y eficacia.

ARTÍCULO SEGUNDO .-REMITIR, copias de los actuados a la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Regional de Apurímac, para el inicio de deslinde de responsabilidades, a fin de determinar las sanciones que hubiera lugar, por la demora en el trámite de la solicitud de ampliación presupuestal (PARTIDAS NUEVAS METRADOS, y haber ejecutado sin contar con el acto resolutivo que Autorice la autoridad administrativa competente, conforme a la normativa vigente; sin perjuicio de EXHORTAR A LOS RESPONSABLES DEL PROYECTO – QUE DE REINCIDIR EN LAS MISMAS ACCIONES CONTRARIASA LA LEY, SE PONDRÁ EN CONOCIMIENTO A LA

OFICINA DE PROCURADURÍA PÚBLICA DE LA REGIÓN, PARA DETERMINAR LAS RESPONSABILIDADES CIVILES PENALES Y ADMINISTRATIVAS QUE CORRESPONDAN.

ARTÍCULO CUARTO.- DISPONER, que la Unidad Ejecutora de Inversiones – (Gerencia Regional de Infraestructura) proceda con el Registro en el Aplicativo del Sistema del Banco de Inversiones Formato Nº 08-A., conforme a norma.(VER PDF)

Dirección URL
Archivo en Linea
Gobierno Regional de Apurímac :: Jr. Puno 107 | Central Telefónica: 083 321022 | 322170 | Telf. Fax: 083 321174
Desarrollado por Unidad de Informática - mail :: [ informatica@regionapurimac.gob.pe ]