ARTÍCULO PRIMERO.-AMPLIAR LA DELEGACIÓN DE FACULTADES Y ATRIBUCIONES; al DIRECTOR REGIONAL DE ADMINISTRACIÓN DEL GOBIERNO REGIONAL DE APURÍMAC, conforme a lo siguiente:
DELEGAR LA FACULTAD DE REPRESENTACIÓN, con eficacia anticipada al 02 de setiembre de 2024, para intervenir en cualquier tipo de diligencia relacionada con las inspecciones que versen sobre temas laborales, así como la atención oportuna a requerimientos y gestiones de índole laboral, solicitadas por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL. Dicha representación incluye la facultad del representante para que participe en el ámbito de sus competencias en los procedimientos sancionadores en contra de la entidad, con el fin de cautelar los intereses de nuestra Institución.
ARTÍCULO SEGUNDO.-ESTABLECER, que la presente delegación, comprende a las atribuciones en calidad de representación ante los requerimientos, pedidos, descargos, comentarios y gestiones operativas requeridas por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, así como en la participación dentro de sus competencias, en los procedimientos sancionadores iniciados por la referida autoridad fiscalizadora.
ARTÍCULO TERCERO.-PRECISAR; que la delegación de facultades y demás responsabilidades efectuada a través del presente acto resolutivo, comprenden las atribuciones de decidir y resolver, y en ningún caso exime de la obligación de cumplir con la formalidad, plazo y los presupuestos y/o requisitos legales establecidos para cada caso en concreto, con sujeción a las disposiciones legales y administrativas que les rigen, bajo responsabilidad funcional y administrativa, a fin de garantizar la adecuada conducción de la gestión de los sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurímac, debiendo informar respecto de los resultados de la gestión delegada.
ARTÍCULO CUARTO.-ESTABLECER; que la delegación y atribución autorizada mediante la presente Resolución Ejecutiva Regional, tiene vigencia conforme lo establece la norma.