SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO:DECLARAR, INFUNDADO el recurso administrativo de apelación interpuesto en fecha 11 de julio de 2024, por los administrados MARGARITA MARIA CULI JOYLLO Y MAURO QUISPE PALOMINO, en contra de la Resolución Directoral Regional Nº 071-2024-GR.APURIMAC/D.OF.RR.HHyE, de fecha 26 de junio de 2024. Por los puestos en la parte considerativa de la presente resolución CONFIRMESE en todos sus extremos la resolución materia de cuestionamiento. Quedando AGOTADA LA VIA ADMINISTRATIVA conforme señala el artículo 218° de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, concordante con el Artículo 228° del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la citada Ley.
ARTÍCULO SEGUNDO:DEVOLVER, el archivo definitivo del presente Procedimiento, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General.
ARTÍCULO TERCERO:NOTIFIQUESE, la presente Resolución a los administrados MARGARITA MARIA CULI JOYLLO Y MAURO QUISPE PALOMINO, a la Dirección Regional de Administración, Oficina de Recursos Humanos y Escalafón, e instancias pertinentes del Gobierno Regional de Apurimac, con las formalidades señaladas por Ley.
ARTÍCULO CUARTO:PUBLÍQUESE, la presente resolución en la página Web del Gobierno Regional de Apurímac, www.reqionapurimac.qob.pe, de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )