RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 251-2024-GR-APURIMAC/GG

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agosto 20th, 2024
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 251-2024-GR-APURIMAC/GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.·DAR CUMPLIMIENTOal mandato judicial contenido en la Resolución N° 06 (Sentencia) de fecha 13 de setiembre de 2023, la Resolución Nº11 ( Sentencia de Vista) de fecha 17 de mayo de 2024 y la Resolución Nº 14 (Auto de Requerimiento de Cumplimiento de Sentencia) de fecha 22 de julio de 2024; del Expediente Judicial Nº 004312023-0-0301-JR-LA-01. interpuesto por GALO GIBAJA LOAYZA en razón al deceso de su señora madre que en vida fue PRESENTACION LOAYZA MENDOZA, en contra de la Dirección Regional de Educación de Apurímac. del Gobierno Regional de Apurímac, y con emplazamiento al Procurador Público del Gobierno Regional de Apurímac; en consecuencia se DECLARA1) La Nulidad de la Resolución Gerencial General Regional 128-2023-GR-APURIMAC/GG, de fecha 19 de abril de 2023.

ARTICULO SEGUNDO.·DISPONER, a favor de GALO GIBAJA LOAYZA en razón al deceso de su señora madre que en vida fue PRESENTACION LOAYZA MENDOZA, el pago del subsidio por luto y gastos de sepelio, en base a dos remuneraciones (o pensiones) totales o integras cada uno (esto es, cuatro remuneraciones o pensiones totales o integras), que  percibía a la fecha del fallecimiento de quien en vida fue su señora madre Presentación Loayza Mendoza. (12 de enero del año 2023), más los intereses legales, previa liquidación administrativa.

ARTICULO TERCERO.·NOTIFIQUESE, a la Dirección Regional de Educación de Apurímac, a fin de que proceda a practicar la liquidación del subsidio por luto y gastos de sepelio, en base a dos remuneraciones (o pensiones) totales o integras cada uno (esto es. cuatro remuneraciones o pensiones totales o integras). que percibía a la fecha del fallecimiento de quien en vida fue su señora madre Presentación Loayza Mendoza, (12 de enero del año 2023). más los intereses legales. en estricto cumplimiento al mandato judicial; para cuyo fin remitir, los actuados y antecedentes a la Dirección Regional de Educación de Apurímac, para su conocimiento y cumplimiento de las acciones administrativas para este fin, ello en mérito a lo dispuesto por el numeral  45.2 del Artículo 45 del TUO de la Ley N° 27584-Ley que regula el proceso contencioso administrativo D.S Nº 011-2019-JUS.

ARTICULO CUARTO.·ENCARGAR, a la Secretaría General NOTIFICAR con el presente acto administrativo, a la Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia General Regional, Dirección Regional de Educación de Apurímac, Procuraduría Pública Regional, Juzgado de Trabajo de Abancay informando sobre el cumplimiento de lo ordenado, a la parte interesada, y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines.

ARTICULO QUINTO.DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal electrónico del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )

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