RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA N° 087-2024-GR.APURIMAC/GRI

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agosto 15th, 2024
RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA N° 087-2024-GR.APURIMAC/GRI
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Expediente Técnico Definitivo del Proyecto denominado:»MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DEPORTIVO DE COMPETENCIA EN ESTADIO MONUMENTAL DE CONDEBAMBA DISTRITO DE ABANCAY, PROVINCIA ABANCAY, DEPARTAMENTO APURÍMAC.» con CUI 2654087, por un Presupuesto total de S/ 39702,991.18 (Treinta y nueve millones Setecientos dos mil Novecientos Noventaiuno con 18/100 soles), ejecutado por la modalidad de administración directa, con un plazo de ejecución de 18 meses; ello, por haberse encontrado conforme Técnicamente, conforme a los fundamentos y sustentos técnicos expuestos por los profesionales competentes, todo ello adscritos en 08 tomos Archivadores, conforme al siguiente detalle. (…)

ARTÍCULO SEGUNDO:PRECISAR, que el presente acto resolutivo no implica convalidación de los actos o acciones realizadas o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto.

ARTÍCULO TERCERO.•ESTABLECER, que la aprobación del EXPEDIENTE TECNICO del proyecto en cuestión CUI N° 2654087; es de CARACTER EMINENTEMENTE TECNICO, quedando supeditada su ejecución al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y financiamiento.

ARTÍCULO CUARTO.•DETERMINAR, que, en el caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en el expediente técnico, la responsabilidad  recae directamente en los profesionales que emitieron los documentos e informes de orden técnico, ello conforme a las normativas vigentes de la materia.

ARTÍCULO QUINTO.·NOTIFÍQUESE, con la presente Resolución a la Gerencia General Regional, Sub Gerencia de Estudios Definitivos, al Equipo Técnico Evaluador comandada por el Ing. Angel Ludeña Cárdenas-Jefe del Equipo Evaluador, y demás instancias  competentes de la Entidad para los fines de conocimiento,  cumplimiento e implementación.

ARTÍCULO SEXTO.· DISPONER, la publicación de la presente Resolución en la Página Web del Gobierno Regional de Apurimac www.regionapurimac.gob.pe de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por Ley de Transparencia y Acceso a la Información. ( VER PDF )

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