SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DELEGAR; al DIRECTOR SUB REGIONAL AGRARIA ANDAHUAYLAS DEL GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC, la facultad y atribución que se detalla a continuación. (…)
ARTÍCULO SEGUNDO.- PRECISAR; que la delegación de facultades y demás responsabilidades efectuada través del presente acto resolutivo, comprenden las atribuciones de decidir y resolver, y en ningún caso exime de la obligación de cumplir con la formalidad, plazo y los presupuestos y/o requisitos legales establecidos para cada caso en concreto, con sujeción a las disposiciones legales y administrativas que les rigen, bajo responsabilidad funcional y administrativa, a fin de garantizar la adecuada conducción de la gestión de los sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurímac, debiendo informar respecto de los resultados de la gestión delegada bajo responsabilidad.
ARTÍCULO TERCERO.- ESTABLECER; que la delegación y atribución autorizada mediante la presente resolución ejecutiva regional, tiene vigencia desde su emisión.
ARTÍCULO CUARTO.- NOTIFÍQUESE, la presente Resolución a la Gerencia General Regional, Dirección Sub Regional Agraria Andahuaylas, y todos los Sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines de Ley.
ARTÍCULO QUINTO.· SE DISPONE, la publicación de la presente Resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )