SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.–MODIFICAR, a partir de la fecha el literal e) numeral 1. En Materia Administrativa, del Artículo 3° de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 415-2023–GR.APURIMAC/GR, de fecha 23/10/2023, conforme al siguiente detalle. (…)
ARTÍCULO SEGUNDO.–DELEGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, Gerencia Regional de Desarrollo Social, Gerencia Regional de Infraestructura, Dirección Regional de Administración, la facultad de resolver en segunda y última instancia administrativa los recursos impugnativos interpuestos en contra de los actos administrativos emitidos por sus órganos de Apoyo,. Unidades Orgánicas y Órganos Desconcentrados, y de conformidad a la Estructura Orgánica del Gobierno Regional de Apurimac.
ARTÍCULO TERCERO.·NOTIFÍQUESE, la presente resolución a la Gerencia General Regional, a la Dirección Regional de Administración, Gerencia Regional de Desarrollo Económico, Gerencia Regional de Desarrollo Social, Gerencia Regional de Infraestructura, para su conocimiento y fines de Ley.
ARTÍCULO CUARTO.- PUBLÍQUESE, la presente resolución en el portal web institucional www.regionapurimac.gob.pe; de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )