SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR, la Adquisición de (01) Vehículo Automotor (Movilidad Escolar para niños con discapacidad), según Especificaciones Técnicas, que contempla el Sub Proyecto denominado: «Mejoramiento del Servicio Educativo de Educación Básica Especial 11 La Salle del Distrito de Abancay – Abancay – Apurímac», con CUI Nº 2325914 y Sub Meta Nº 0156-2024; para el cumplimiento de metas de inversión, de acuerdo a lo previsto por el numeral 10.4 del artículo 10°de la Ley Nº 31953-Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; en estricta observancia a la norrnatividad sobre la materia, bajo responsabilidad funcional, administrativa, civil y/o penal respectivamente.
ARTÍCULO SEGUNDO.· DETERMINAR, que el presente acto resolutivo, no convalida acción alguna sea técnica, administrativa ni financiera que no esté enmarcado en la Ley, quedando establecida los límites de sus alcances, validez y eficacia en los artículos que lo disponen.
ARTÍCULO TERCERO.• DISPONER, a la Secretaría General del Gobierno Regional de Apurírnac remitir semestralmente a la Contraloría General de la República y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, una copia de las resoluciones del Titular del pliego emitidas conforme a lo establecido en el numeral 10.4º de la Ley N° 31953 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2024, bajo responsabilidad a que hubiera lugar.
ARTÍCULO CUARTO.- EXHORTAR, que los recursos destinados en virtud de lo resuelto en el artículo primero de la presente Resolución no pueden destinarse, a fines distintos que no tengan injerencia directa con la adquisición de los vehículos; y el proceso de adquisición sujetarse al marco normativo vigente.
ARTÍCULO QUINTO.· NOTIFICAR, la presente resolución a la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Infraestructura, Sub Gerencia de Obras, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y demás órganos pertinentes del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento, cumplimiento, acciones y fines de ley que amerite por corresponder.
ARTÍCULO SEXTO.- ORDENAR, la publicación de la presente Resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac: www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo previsto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )