SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR, la Adquisición de (02) Vehículos Automotores (Camión Cisterna de agua no potable 5000 galones mínimo y Cama Baja para Tracto Camión de 40 toneladas mínimo), según Especificaciones Técnicas, que contempla el Proyecto de Inversión denominado: «Mejoramiento de los Servicios Operativos Institucionales de la Sub Dirección de Equipo Mecánico en la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Apurímac – Distrito de Abancay – Provincia de Abancay – Departamento de Apurímac», con CUI 2493639; para el cumplimiento de metas de inversión, de acuerdo a lo previsto por el numeral 10.4 del artículo 10º de la Ley Nº 31953 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; en estricta observancia a la normatividad sobre la materia, bajo responsabilidad funcional, administrativa, civil y/o penal respectivamente.
ARTICULO SEGUNDO.· DETERMINAR,que el presente acto resolutivo, no convalida acción alguna sea técnica, administrativa ni financiera que no esté enmarcado en la Ley, quedando establecida los límites de sus alcances, validez y eficacia en los artículos que lo disponen.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER, a la Secretaría General del Gobierno Regional de Apurímac remitir semestralmente a la Contraloría General de la República y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, una copia de las resoluciones del Titular del pliego emitidas conforme a lo establecido en el numeral 10.4º de la Ley Nº 31953 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2024, bajo responsabilidad a que hubiera lugar.
ARTÍCULO CUARTO.- EXHORTAR, que los recursos destinados en virtud de lo resuelto en el artículo primero de la presente Resolución no pueden destinarse, a fines distintos que no tengan injerencia directa con la adquisición de los vehículos; y el proceso de adquisición sujetarse al marco normativo vigente.
ARTÍCULO QUINTO.- NOTIFICAR, la presente resolución a la Gerencia General Regional, Dirección Regional Transportes y Comunicaciones Apurímac, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y demás órganos pertinentes del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento, cumplimiento, acciones y fines de ley que amerite por corresponder.
ARTÍCULO SEXTO.- ORDENAR, la publicación de la presente Resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac: www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo previsto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )